martes, 29 de noviembre de 2011

SFP presentó el Modelo Estándar de Reglamento Interno a las Municipalidades de Caaguazú


 SFP presentó el Modelo Estándar de Reglamento Interno a las Municipalidades de Caaguazú

“Es la única forma de que una institución camine eficientemente, porque el reglamento interno te estipula cuáles son las directrices a seguir”. Graciela Alvarenga. Jefa de Recursos Humanos de la Municipalidad de Coronel Oviedo.

La Secretaría de la Función Pública presentó el nuevo Modelo Estándar de Reglamento Interno para Municipalidades en el Departamento de Caaguazú. La jornada se desarrolló en el Salón de la Gobernación y estuvieron presentes representantes de 9 municipios. Las principales interrogantes de los directivos municipales, se vincularon a la reglamentación de horarios de trabajo, regímenes de contratación, bonificaciones y gratificaciones.

El reglamento interno es una herramienta necesaria para prever diferentes situaciones que se puedan dar en el ámbito de las relaciones laborales, ajustado a las disposiciones vigentes, que contengan instrucciones claras y objetivas respecto de los derechos y obligaciones de funcionarios y funcionarias municipales, explicó el Director General de la Asesoría Jurídica de la Secretaría de la Función Pública, Hugo Valiente, quien tuvo a cargo la presentación.

“Es la única forma de que una institución camine eficientemente, porque el reglamento interno te estipula cuáles son las directrices a seguir, más aún cuando un cuenta con muchos funcionarios”, manifestó Graciela Alvarenga, Jefa de Recursos Humanos de la Municipalidad de Coronel Oviedo.

Señaló por otro lado que en el caso de la Municipalidad de Coronel Oviedo ya cuentan con un Reglamento Interno, pero que esta nueva herramienta aportaría por ejemplo, orientaciones de cómo proceder en materias de sanciones para llegadas tardías, compensaciones y otros aspectos.

Por su parte, el Intendente de RI3 Corrales, Wilfrido Aguilar, señaló que en el municipio a su cargo, hay cuestiones estructurales que deben ser necesariamente deben ser modificadas previamente para lograr la aplicación efectiva de un reglamentación. Sin embargo aclaró que existe la voluntad política para hacerlo.
“En nuestro caso, no tenemos ingresos genuinos y para cumplir con las reglamentaciones, nosotros nos arreglamos con los pocos funcionarios con que contamos y en muchos casos el personal trabaja en dos o tres funciones. Pero por supuesto, que la voluntad para hacerlo sí existe”, dijo la autoridad.

Concursos 

“Un juez de falta que ya tiene una antigüedad de 10 años, no pierde su estabilidad como funcionario público pero ese cargo debe ser nuevamente concursado, según lo establece la nueva Ley Orgánica Municipal que dice que la categoría del juez de falta  municipal tiene una duración de 5 años en su funciones, nombrado por la Junta, previo concurso público de oposición”, respondió Valiente, a unas de las primeras inquietudes que surgió del auditorio, respecto a las reglamentaciones municipalidades que deben ajustarse a las nuevas normativas que las rigen.   

Horarios

“Supongamos que el funcionario trabaja 6 horas. Este funcionario no puede pedir remuneración extra por la hora 7ma o 8va porque existe un límite que establece un tope de que dice que se puede trabajar hasta 40 horas semanales dentro del régimen ordinario de trabajo”, explicó en otro de los casos expuestos como ejemplo.  

Funciones

“Sabemos que muchas municipalidades tiene un factor común en cuanto a las funciones del intendente, pero los funcionarios de las municipalidades cumplen funciones muy particulares de las necesidades de su comuna. En tal caso, por lo general hay que hacer adecuaciones que atiendan a estas especificidades”, dijo el directivo de la SFP respecto al Reglamento.
Finalmente explicó cuáles son los procedimientos para la implementación del Reglamento Interno en las Intendencias y Juntas Municipales. Recomendó que una vez aprobado el reglamento socializar al interior de los municipios de modo a que todos los funcionarios y funcionarias estén enterados de su puesta en vigencia.
Sanciones
El nuevo Reglamento Estándar de Reglamento Interno contempla también sanciones disciplinarias de las que son pasibles en el caso de que estos incurran en falta o incumplimiento de las leyes. Sobre el punto, se expuso situaciones que son las más reiterativas en el quehacer diario de las municipalidades y se aclaró las dudas de los presentes.

Legislación vigente

Cabe recordar que la SFP en cumplimiento con la Carta Orgánica Municipal –Ley No 3966/2010  y la Ley 1626/2000, “De la Función Pública” elaboró esta herramienta con el apoyo de la Cooperación Técnica Alemana (GIZ), de las Municipalidades de Caaguazú, Paraguari y Yegros, así como con la colaboración de la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal (OPACI).
Las primeras presentaciones del reglamento se hicieron en la Ciudad de Villarrica, Paraguari y Caazapá y tiene prevista la socialización del material en la Gobernación de Concepción.

Contenidos del material a ser presentado
Fuente:  Noelia Ferreira
Prensa  Dirección de Comunicación de la SFP
(+595 21) 233 833
497 308 / 451 925 / 492 109
Constitución esq. 25 de Mayo
Asunción – Paraguay

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